Poder Ejecutivo dispone levantamiento del estado de emergencia a partir del lunes

Poder Ejecutivo dispone levantamiento del estado de emergencia a partir del lunes

MSP anuncia nuevas medidas sanitarias tras el levantamiento del estado de emergencia

Santo Domingo. – El Poder Ejecutivo dispuso el levantamiento del estado de emergencia a partir de las 5:00 de la mañana del próximo lunes 11 de octubre de 2021.

Mediante el Decreto 622-21 se establece que queda levantado el estado de emergencia declarado para combatir la pandemia de la COVID-19 como lo estableció el Decreto núm. 265-20, y prorrogado por última vez mediante el Decreto núm. 528-2 1, en virtud de las respectivas autorizaciones dadas por el Congreso Nacional a través de sus resoluciones núm. 70-20 y núm. 323-21.

La disposición oficial ha sido recibida con muchas expectativas por la población.

MSP anuncia nuevas medidas sanitarias tras el levantamiento del estado de emergencia

El Ministerio de Salud Pública dio a conocer las medidas sanitarias que regirán en suelo dominicano a partir del lunes 11 de octubre tras el levantamiento del estado de emergencia y el toque de queda. Dentro de ellas menciona que las personas a partir de los 12 años de edad, no podrán acceder a lugares públicos, escuelas, trabajo y otros si no presentan su tarjeta de vacunación o, en su defecto, una prueba PCR negativa.

Las medidas individualizadas, expuestas en rueda de prensa dirigida por el doctor Daniel Rivera, ministro de Salud, están contenidas en la Resolución 000048, párrafo 3, que entra en vigor a partir del lunes 18 de octubre. Esto da un tiempo prudente para que las personas se pongan al día con el esquema de vacunación contra la COVID-19.

“En todos los casos, las personas mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, ambos en original o en copia legible física o digital a la autoridad pública o privada correspondiente”, especifica la resolución que fue leída por Luis Tolentino, director Jurídico del Ministerio de Salud.

Esta medida aplicará a las personas para acceder de forma presencial a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, a centros de estudios públicos y privados, ingreso a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, clubes, centros comerciales, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro lugar, incluidos medios de transportes de uso público, urbano e interurbano.

La resolución también indica que: “las personas mayores de 12 años que no hayan recibido por lo menos dos dosis de la vacuna para COVID-19, deberán presentar una prueba PCR negativa realizada máximo 7 días antes en el Ministerio de salud o cualquier laboratorio privado.

La institución advierte, además, que la falsificación de la tarjeta, resultados de pruebas o de los permisos especiales, serán sancionadas en virtud de lo que establece el Código Penal Dominicano, por lo que el Ministerio de Salud insta a los establecimientos a denunciar irregularidades en este sentido.

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