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	<description>El diario digital que conecta con el mundo</description>
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		<title>FUJUDEL presenta algunas observaciones a la JCE sobre la ley de Partidos Políticos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Luz Beato]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Jan 2021 14:38:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Punto abierto]]></category>
		<category><![CDATA[#eydePartidosPoliticos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La  Fundación Justicia y Desarrollo Local (FUJUDEL), presentó a la Junta Central Electoral un documento el cual contiene algunas observaciones en relación a la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">SANTO DOMINGO.- La  Fundación Justicia y Desarrollo Local (FUJUDEL), presentó a la Junta Central Electoral un documento el cual contiene algunas observaciones en relación a la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">En carta remitida al presidente de la JCE, la institución plantea que en vista del proceso de reforma a la ley en el que está inmersa la institución, buscamos hacer un aporte con la intención de lograr una ley  que realmente contribuya al fortalecimiento democrático y de manera muy especial al sistema de partidos políticos de la República Dominicana. <a href="https://jce.gob.do/">https://jce.gob.do/</a></p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">El presidente de FUJUDEL, Pablo Vicente felicitó al presidente de la entidad y a los demás integrantes de la JCE por impulsar dicha iniciativa, debido a que la ley 33-18 merece una reforma profunda, además de que algunos de sus artículos han sido declarados inconstitucional. <a href="https://estoesnoticia.com/publican-libro-sobre-politicas-publicas/">Publican libro sobre Políticas Públicas</a></p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Pablo Vicente planteo que fue anulado por el tribunal constitucional el artícu­lo 43 de la Ley de Partidos, que limitó la precampa­ña política al ámbito inter­no, a la participación de los candidatos y voceros en medios de comunicación, reuniones en recintos ce­rrados, visitas casa por ca­sa, uso de camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhe­sivos y cintas, y divulgación de mensajes por teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios digitales, con excepción de la radio y televisión.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Además destacó que se eliminó el numeral 12 del artículo 25, que prohi­bió a los partidos “concu­rrir aliados en el primer pro­ceso electoral. Se Invalidó también el numeral 4, la ley prohibió “Toda propa­ganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de ma­nera negativa, Invalido también el 7 e impidió “la pro­moción política a través de mensajes publicitarios co­locados y transmitidos por los diferentes medios de co­municación radial y televisi­va”.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Otra inconstitucionali­dad que destaca FUJUDEL  fue la del numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, que exigió tener un tiempo de militancia o permanen­cia mínimo en un partido que consignen los estatutos para ostentar una candida­tura o precandidatura.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Además precisó que fue anulada, una parte del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que facultaba a los organis­mos de dirección de los par­tidos políticos a decidir la modalidad y método de selección de los candidatos.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Como se puede apreciar hay artículos de la ley que ya no tienen razón de ser por lo que es necesario incluir otros aspectos que contribuyan al fortalecimiento del sistema de partido, destacó Pablo Vicente.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">El presidente de FUJUDEL entiende que tendremos una buena ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos en vista de que los hombres y las mujeres que están trabajando en la iniciativa tienen un alto nivel de profesionalidad y  por esa razón la institución que dirige contribuyó haciendo aportes con relación a la misma, para que el país pueda contar con una ley que responda con las expectativas de la sociedad. (Foto: Fuente Externa)</p><p>The post <a href="https://estoesnoticia.com/la-ley-de-partidos-politicos/">FUJUDEL presenta algunas observaciones a la JCE sobre la ley de Partidos Políticos</a> first appeared on <a href="https://estoesnoticia.com">ESTOESNOTICIA|NOTICIAS</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Entre el amor y el odio: JCE y Partidos Políticos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carmen Luz Beato]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Sep 2020 02:58:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[jce]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Junta Central Electoral es la institución responsable de dirigir, supervisar y organizar los procesos electorales en el país así lo establece la Constitución dominicana en el artículo 211. Este mandato implica tomar decisiones, mismas que en ocasiones resultan odiosas o acertadas dependiendo a quien o quienes afecten.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Junta Central Electoral con 97 años de vida democrática ha tenido 29 presidentes</p>
<p style="font-weight: 400;">Por María Estela de León</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">SANTO DOMINGO.- Por mandato constitucional, cada 4 años los miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes son renovados por el Senado de la República, atribución que le he conferido a este órgano en el artículo 80 de la Carta Magna, esto con las dos terceras partes de los senadores presentes.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">En esas vorágines, imperan los discursos de personas y sectores a favor de que los mismos estén desvinculados de la vida político-partidaria, otros se muestran más conservadores; plantean la escogencia por el consenso de las fuerzas políticas.<a href="https://estoesnoticia.com/">https://estoesnoticia.com/</a></p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">La Junta Central Electoral es la institución responsable de dirigir, supervisar y organizar los procesos electorales en el país así lo establece la Constitución dominicana en el artículo 211. Este mandato implica tomar decisiones, mismas que en ocasiones resultan odiosas o acertadas dependiendo a quien o quienes afecten.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Me gustaría que las discusiones sobre la escogencia de las próximas autoridades estén más orientadas en las virtudes que deben poseer y adornar a los futuros miembros de la JCE, tales como el servicio, la integridad, imparcialidad, responsabilidad, independencia, transparencia, capacidad por citar solo unas cuantas.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">El matrimonio entre el órgano y los partidos dura lo que dice el refranero popular “un gusano en un gallinero”, y entonces comienzan las descalificaciones, acusaciones de todo tipo, olvidando aquellos méritos que sirvieron para seleccionarlos tales como: Idoneidad, independencia, capacidad y trayectoria pública. Como acto de magia, se van al zafacón del olvido.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Una vez consumado el hecho de la escogencia, inicia una relación de amor y camaradería que termina luego en odio, persecución y campañas de descréditos hacia los que ostentan los cargos cuando las decisiones afectan a personas, sectores de poder u organización política.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">En el ejercicio democrático las decisiones habrán de afectar intereses “alguien pierde o gana; ese es el juego”, lograr articular el consenso para la toma de medidas es la excepción o lo ideal en democracia. Este sistema tiene esas virtudes que a muchos no les agrada, dependiendo el lado de los intereses que representen.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Al final de los procesos, como a Jesucristo, los perdedores de una contienda electoral piden la crucifixión y las cabezas de los supuestos culpables de sus derrotas. En tanto que los ganadores son más benevolentes; se despachan con elogios que no fueron capaces de enarbolar en los momentos y hora de la verdad.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Vendría bien a propósitos de los aires de encantamiento y amoríos que proliferan en el ambiente social, político y legislativo despojarse de las pasiones, los intereses   y las ofertas electoreras y pensar en el fortalecimiento del sistema democrático y la institucionalidad del país.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">Concluyo esta reflexión citando al filósofo Sócrates “Cuatro características corresponden a un juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente”.</p>
<p style="font-weight: 400; text-align: justify;">La autora es dominicana, abogada y periodista.</p>
<p style="font-weight: 400;"><p>The post <a href="https://estoesnoticia.com/entre-el-amor-y-el-odio-jce-y-partidos-politicos/">Entre el amor y el odio: JCE y Partidos Políticos</a> first appeared on <a href="https://estoesnoticia.com">ESTOESNOTICIA|NOTICIAS</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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